ARTÍCULO 1ro.): La Municipalidad de la ciudad de Trelew no admitirá como concesionarios, permisionarios y/o contratantes en ninguna de las formas posibles a personas físicas o jurídicas que se encuentren en mora con el Banco del Chubut S.A., clasificados en situación 3; 4; 5 ó 6, según normativa del Banco Central de la República Argentina “A” 3339 y complementarias y del Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Productos creado por Decreto Nº 438/03.