Cuerpo
ARTICULO 1ro.): APRUEBASE el REGLAMENTO DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS, que como - ANEXO I - forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2do.): El Reglamento indicado en el Artículo 1ro.) Comenzará a regir a partir de la adjudicación de nuevas concesiones, momento en que quedará derogada la Ord. Nro. 3190, sus modificatorias y toda Norma que se oponga a la presente.
ANEXO I