ORDENANZA N° 0699 /77 PREFABRICADAS, SU CONSTRUCCIÓN. -

Nro Ordenanzas
699
Secciones
OBRAS PUBLICAS, TEMAS VARIOS
Cuerpo

Art. 1°) PROHÍBESE las construcciones con sistemas constructivos no tradicionales y/o prefabricados en todo el Ejido Urbano de Trelew, que no cumplan con las siguientes exigencias:

A. Aprobación por la Secretaría de Servicios y Obras Públicas Municipal, para lo cual será tenido en cuenta:

  1. Evaluación de transmisión térmica.
  2. Aislación Hidrófuga.
  3. Resistencia mecánica.
  4. Vida útil probable de la cáscara y calidad de componentes.
  5. Cumplido con estos requisitos y antes de la aprobación del sistema, el Municipio realizará una evaluación de obras terminadas o prototipos ejecutados. 

b) Cuando se trate de construcciones con destino a viviendas o 

   que por sus características pueda presumirse tal uso, además,       

   el sistema constructivo deberá contar con la aprobación de la 

   Secretaria de Estado de Vivienda y Urbanismo.-

Art. 2°) En base a la calidad de terminación y a la posibilidad de adaptación al medio urbano circundante, a través del grado de variantes del sistema, el Municipio designará en que zonas podrá construirse con cada uno de los sistemas constructivos.

Art. 3°) Una vez aprobado el sistema de refabricación, los planos serán presentados por los interesados ante la Dirección de Obras Publicas para su tramite normal de aprobación. 

Art. 4°) Comuníquese, publíquese, tome razón quien corresponda, cumplido ARCHIVESE.

Archivos
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