ARTICULO 1ro.): Ratificar en todos sus términos la Resolución Nº 2868/09 que en copia forma parte de la presente Ordenanza.
ARTICULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
RESOLUCIÓN 2869/08
Artículo 1º.- ADHERIR en todos sus términos a la Ley I Nº 394 mediante la cual la Provincia del Chubut crea el Programa de Fortalecimiento del Sector de la Construcción, por lo expuesto en los considerandos que anteceden.
Artículo 2º.- AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar todas las reestructuraciones presupuestarias que fueran necesarias para permitir el desarrollo del Programa.
Artículo 3º.- DAR intervención al Concejo Deliberante a los fines dispuestos por el artículo 28.21 de la Carta Orgánica Municipal.
Artículo 4º.- La presente Resolución será refrendada por los Secretarios de Gobierno, Hacienda y Obras y Servicios Públicos.
Articulo 5º.- REGÌSTRESE, notifíquese, comuníquese y cumplido ARCHIVESE.-