Cuerpo
ARTÍCULO 1ro.): ADHIERASE en todos sus términos a la LEY Provincial I N° 523, sobre la creación del “SISTEMA INTEGRAL PERSONAS TRANSPLANTADAS” Ley Nacional N° 26928/13.
ARTÍCULO 2do.): Hacer las comunicaciones pertinentes a los distintos Poderes.
ARTICULO 3ro.): La presente ordenanza tendra vigencia a partir de la fecha de su promulgacion.