ARTÍCULO 1ro.): Declárase peatonal el sector de la calle Avellaneda comprendido por la calle Ameghino Nte. y Pasaje Córdoba Nte.
ARTÍCULO 2do.): El Departamento Ejecutivo Municipal, arbitrará los medios necesarios para la correcta señalización de la citada calle en el sector indicado precedentemente