Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): ADHERIR a la Ley Provincial VIII Nº 153 “Boleto Educativo Chubutense (B.E.CH)”, mediante la cual se asegura el subsidio al transporte escolar para estudiantes, docentes y personal auxiliar de la educación de todos los niveles (inicial, primario, secundario, terciario y universitario) que cursen sus estudios o presten funciones en establecimientos educativos de jurisdicción nacional, provincial o reconocidos por el Ministerio de Educación, en el ámbito de la ciudad de Trelew.

Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CREASE el Fondo de Promoción Educativa  (FO.PRO.E.) el que estará constituido por un monto anual en pesos equivalente a Un mil cuatrocientos (1.400) módulos, provenientes del aporte del Tesoro Municipal, y todo otro monto que ingrese como aporte oficial de otras jurisdicciones (Provinciales, Nacionales y/o Internacionales) o del sector Privado y que tenga finalidad especifica de aplicación para la Educación.