Cuerpo

ARTÍCULO 1°) El Departamento Ejecutivo deberá comunicar al Honorable Concejo Deliberante periódicamente y en plazos que no podrán exceder de los 90 días, el estado de cumplimiento y los montos tributados mensualmente, en concepto de Impuesto a los Ingresos Brutos de por lo menos los 50 contribuyentes más importantes. 

Cuerpo

Artículo 1.- Facultase a la Cooperadora del Gimnasio "Ciudad de Trelew", a utilizar los fondos provenientes de la publicidad que se efectúa en el Gimnasio. 

Artículo 2.- La Cooperadora del Gimnasio Ciudad de Trelew, rendirá anualmente informe contable y detallado relacionado con los fondos recibidos con motivo de lo dispuesto por el Artículo 1, y su afectación.