ORDENANZA N° 11971 /14, REGISTRO PÚBLICO DE ALIMENTANTES MOROSOS.

Nro Ordenanzas
11971
Secciones
GOBIERNO – TEMAS VARIOS
Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): Adhiérase en todos sus términos a la Ley Provincial XIII Nº 12 de Registro Público de Alimentantes Morosos, que inhabilita a aquellos padres que adeuden cuotas alimentarias a efectuar ciertos trámites, ascender en el trabajo y presentarse a cargos públicos. 

ARTÍCULO 2do.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

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