ORDENANZA N° 12723 /18 - CREA “CAMPUS VIRTUAL DE LA MUNICIPALIDAD DE TRELEW"

Nro Ordenanzas
12723
Secciones
ASUNTOS SOCIALES – INSTITUCIONES
Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): La presente Ordenanza establece condiciones generales de funcionamiento del portal “Campus Virtual de la Municipalidad de Trelew”, el cual tendrá como Autoridad de Aplicación el Subprograma Gobierno Digital dependiente de la Secretaría de Gobierno.

ARTÍCULO 2do.): El “Campus Virtual de la Municipalidad de Trelew” tendrá los siguientes objetivos principales:

1). Fortalecer la política municipal de modernización del Estado llevada adelante por el Subprograma Gobierno Digital dependiente de la Secretaría de Gobierno, mediante la puesta en marcha de acciones en línea con la aplicación de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC´s).

2). Ofrecer a la ciudadanía en general herramientas de capacitación bajo la modalidad de una plataforma virtual a través de un sitio web de libre acceso, con el objeto de expandir las posibilidades de formación en múltiples aspectos, profesiones y actividades.

3). Ofrecer al empleado público municipal (perteneciente tanto al Departamento Ejecutivo Municipal como al Concejo Deliberante) herramientas de capacitación que le permita fortalecer el servicio brindado por la administración local, a la vez que represente beneficios particulares en la carrera laboral de los mismos.

ARTÍCULO 3ro.): El Subprograma Gobierno Digital deberá informar a las diferentes dependencias municipales y al Concejo Deliberante acerca de la presencia y disponibilidad de la plataforma virtual, a los efectos de que las mismas realicen las siguientes acciones:

1). Difundan a su personal los cursos disponibles mediante el Campus aquí creado.

2). Propongan posibles cursos de capacitación en virtud de sus competencias y funciones, a los fines de expandir la oferta de cursos disponibles.

ARTÍCULO 4to.): A las personas que realicen y finalicen cursos en el Campus Virtual se les extenderá un certificado en donde conste fecha, denominación y organismo que lo llevó adelante. El mismo podrá ser presentando en los concursos de ingreso ante vacantes de la administración pública municipal del ámbito ejecutivo y legislativo, recibiendo un puntaje que será determinado para cada concurso en particular. 

Para el caso de los empleados públicos pertenecientes al Departamento Ejecutivo Municipal y al Concejo Deliberante de nuestra ciudad, dicha certificación se agregará a su legajo y recibirá puntaje al momento de afrontar concursos de ascenso.

ARTÍCULO 5to.): En los concursos internos y en los concursos de ingresos para cubrir vacantes de la administración pública municipal, la Comisión de Evaluación y Capacitación (CEC - Convenio Colectivo de Trabajo - Departamento Ejecutivo Municipal) y la Comisión de Evaluación (Convenio Colectivo de Trabajo - Concejo Deliberante) intervendrán a los fines de ponderar los puntajes obtenidos por aquellos que realizaron cursos en el Campus Virtual. 

ARTÍCULO 6to.): FACÚLTESE al Departamento Ejecutivo Municipal a firmar Acuerdos y/o Convenios con diferentes entidades públicas y privadas a los fines de articular acciones para la expansión de la oferta de cursos brindados por la plataforma virtual municipal.

 

Archivos
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