Cuerpo
ARTICULO 1ro.): Las negociaciones colectivas que se celebren entre la Municipalidad de Trelew, tanto en el ámbito Departamento Ejecutivo, como el Deliberativo, Empresas, Institutos y Organismos descentralizados y las Asociaciones Sindicales de Trabajadores del sector Público, estarán regidas por las disposiciones de la presente Ordenanza. Será la autoridad de aplicación de la presente Ordenanza el Ministerio de Trabajo de la Nación.