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RESOLUCIÓN Nº 0440 /73. -AUTOMOTORES OFICIALES, REGLAS DE USO.

Cuerpo

Artículo 1.- Los automotores municipales, fuera de los horarios de servicio, deben permanecer guardados en el Depósito Municipal. 

Artículo 2.- Los conductores de los vehículos municipales entregarán las llaves de ellos, en la guardia del Depósito Municipal, en el momento de su guarda, de donde las retirarán  cuando procedan a usar el vehículo. 

Etiquetas

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REGLAS