Cuerpo
ARTÍCULO 1ro.): Créase el Fondo Especial de Becas Estudiantiles, el que estará constituido por una suma fija mensual de pesos cinco mil ($ 5.000), provenientes del aporte del Tesoro Municipal. El aporte regirá para los meses lectivos establecidos anualmente por el Ministerio de Educación de la Provincia del Chubut.