ARTÍCULO 1ro: CRÉASE el Programa “Plazas Seguras” en la Ciudad de Trelew cuya finalidad es la recuperación de los espacios públicos en los barrios a través del mejoramiento, mantenimiento y puesta en valor las plazas ubicadas en los barrios de Trelew.
ARTÍCULO 2do: El objetivo de este Programa es la recuperación de los espacios públicos ubicados en los barrios de Trelew, otorgando prioridad a las áreas del macro centro y periferia que resulten puntos de conflicto, delito o vulnerabilidad social de cualquier tipo.
ARTÍCULO 3ro: El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y su Programa de Espacios Verdes serán las áreas encargadas de implementar el presente programa.
ARTÍCULO 4to: El Departamento Ejecutivo Municipal deberá coordinar y realizar un relevamiento de las Plazas y espacios públicos en situación de abandono o mal estado en el Ciudad de Trelew, a partir del cual, deberá establecerse un criterio de prioridad para comenzar a implementar el Programa de recuperación de estos espacios en las zonas que resulten de mayor vulnerabilidad.
ARTÍCULO 5to: El Departamento Ejecutivo Municipal a través de la dependencia dirigida a implementar la Ordenanza deberá establecer un sistema de prioridades respecto a los espacios públicos que necesitan intervención de forma urgente y que se encuentran en peores condiciones.
ARTÍCULO 6to: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar un convenio con las Escuelas para que los alumnos de los establecimientos realicen prácticas colaborando con la refacción de juegos, y demás tareas que estén relacionadas con la disciplina.
ARTÍCULO 7mo: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de cumplir con los objetivos de la presente ordenanza.
ARTÍCULO 8vo: El Departamento Ejecutivo Municipal presentará unos listados de todas las plazas, plazoletas, paseos, etc. ante el Concejo Deliberante de las reparaciones, mejoramiento, embellecimiento de las mismas.