Cuerpo
ARTÍCULO 1ro.): DISPONER que en todos los actos oficiales, conferencias y eventos especiales en los que el Estado Municipal participe u organice, que se realicen dentro del ejido de la Municipalidad de Trelew, deberá contarse con un intérprete de señas, destinado a la comunicación de los mensajes en ellos brindados a través del referido sistema comunicacional.
ARTÍCULO 2do.): AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1°.
ARTÍCULO 3ro.): INVITAR a los medios de comunicación televisivas de la ciudad de Trelew, a adoptar similares previsiones a las dispuestas en el Art. 1°, en la difusión de la programación local.