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ORDENANZA N° 11330 /10 REGLAMENTA LA VENTA AMBULANTE EN LA VIA PUBLICA

Cuerpo

Articulo 1ro) La presente Ordenanza comprende a toda la actividad referida a la venta en la vía pública dentro del ejido de la municipalidad de trelew.

Artículo 2do) Considérese vendedor en la vía pública a todas personas física que realice operaciones de compraventa y/u ofrezca productos en la vía pública. 

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REGLAMENTA LA VENTA AMBULANTE EN LA VIA PUBLICA