ARTÍCULO 1ro.): CREASE en el ámbito de la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Trelew, o la que la reemplace en el futuro, el “Plan Municipal de Educación y Concientización en Seguridad Vial”, cuyos objetivos y acciones para su concreción, se detallan a continuación:
a. Potenciar la formación de mejores usuarios de la vía pública, a través de un plan que instruya a la ciudadanía, respecto de los riesgos que implica el tránsito vehicular y las medidas de prevención a adoptar.
b. Fomentar la participación coordinada, solidaria y complementaria de todos los agentes sociales, con el fin de disminuir los índices de siniestralidad y sus secuelas, diseñando un plan de recomendaciones a efectuar a los vecinos, para evitar los siniestros de tránsito y promoviendo el diálogo, el consenso y la responsabilidad colectiva en la solución de los problemas vinculados a la prevención de la siniestralidad vial.
c. Diagramar con la Coordinación de Educación las actividades en la tarea educativa de los alumnos de nivel inicial, primario y secundario de las escuelas públicas y privadas de la ciudad, a fin de:
· Llevar a cabo conjuntamente con los organismos e instituciones competentes la implementación de planes de educación vial para alumnos, padres y docentes a través de talleres, cursos, paneles, encuentros y toda otra estrategia educativa.
· Promover y coordinar la participación efectiva de alumnos, padres, autoridades escolares, autoridades municipales, empresas de transporte, y demás actores relacionados con el tema, a fin de facilitar la interacción de todos los participantes.
d. Propiciar la realización de cursos, seminarios, congresos, destinados a la discusión de la problemática vinculada con el presente programa, así como a la capacitación de los distintos agentes vinculados a la tarea de la seguridad vial.
e. Intervenir en el diseño y difusión de campañas de prevención y seguridad vial.
f. Propender la difusión de las normas de tránsito que hacen a la fluidez y seguridad del tránsito.
g. Promover el dictado de cursos y conferencias relativas a la prevención de siniestros viales.
h. Intervenir en la adquisición de equipamiento, material de estudio y didáctico, y bienes de uso necesarios para el cumplimiento de sus fines.
i. Realizar acciones de promoción barrial y en la vía pública para la difusión y concientización sobre la seguridad vial.
ARTÍCULO 2do.): INSTRUYASE a la Dirección de Tránsito de la Municipalidad de Trelew a convocar y coordinar la participación en el “Plan Municipal de Educación y Concientización en Seguridad Vial”, creado a través de la presente ordenanza, a:
a) Universidades;
b) Cámaras empresariales vinculadas con la temática;
c) Organizaciones no Gubernamentales vinculadas con la problemática;
d) Fundaciones dedicadas a la asistencia de las víctimas y/o la reducción de la siniestralidad:
e) Compañías de Seguros;
f) Colegios Profesionales;
g) Organizaciones Sindicales;
h) Organismos Públicos vinculados a la seguridad vial;
ARTÍCULO 3ro.): Las acciones previstas en la presente Ordenanza se financiarán de la siguiente forma:
a. De un porcentaje proveniente del cobro de las multas por infracciones de tránsito, estipuladas en el Título VIII –Capitulo II- Arts. 84° y 85° del Reglamento de Tránsito de la ciudad de Trelew, Ordenanza 5490/96, el que se fija hasta un 10 por ciento (10%), y demás recursos provenientes de Presupuesto Municipal.
ARTÍCULO 4to.): INSTRUIR a la Secretaría de Hacienda a realizar las adecuaciones necesarias del presupuesto de la Dirección de Tránsito, o la que la reemplace en el futuro para la implementación del presente “Plan Municipal de Educación y Concientización en Seguridad Vial”.
ARTÍCULO 5to.): Deróguese toda ordenanza que se contraponga con la presente.