Cuerpo
ARTÍCULO 1°) FACULTASE al Ejecutivo Municipal a declarar como "Peatonal" al pasaje SAN LUIS, ubicado entre las calles Pellegrini Norte y Mitre Norte, desde Fortín Mercedes a Pietrobelli.
ARTÍCULO 2°) Deberá señalizarse el carácter de "Peatonal" de modo que sea visible a los habitantes del barrio en general y a los transeúntes en particular.
ARTÍCULO 3°) Deberá garantizarse la no accesibilidad de vehículos a través del mismo, dado que la condición de "Peatonal" obedece a estrictas razones de seguridad.