Cuerpo
ARTICULO 1.- Adhiérase la Municipalidad de Trelew, al Decreto Provincial N° 439 del 22 de marzo de 2004.
ARTÍCULO 2.- La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.
ARTICULO 1.- Adhiérase la Municipalidad de Trelew, al Decreto Provincial N° 439 del 22 de marzo de 2004.
ARTÍCULO 2.- La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.