ARTÍCULO 1ro.): Quienes ejerzan la representación de la Municipalidad de Trelew en juicios donde, en forma principal o accesoria, se reclame una condena con consecuencias patrimoniales para el fisco, tendrán la obligación de peticionar la debida citación al proceso de los funcionarios sindicados como, o presuntamente, responsables del acto, hecho u omisión que origina el reclamo, en la forma y plazos previstos en la legislación procesal aplicable a dicho proceso.