Cuerpo

ARTÍCULO 1°) DENOMINASE "Gral. Don José Gervasio ARTIGAS" a la plazoleta ubicada en la calle Uruguay, entre Paraguay y Soberanía Nacional. 

ARTÍCULO 2°) AUTORIZASE al Centro de Residentes Uruguayos a colocar un busto del Gral. Don José Gervasio ARTIGAS en la Plazoleta que menciona el artículo primero; emplazado en el lugar que indica el plano que se adjunta a la presente Ordenanza como Anexo –UNO- de la misma.