ARTICULO 1ro.): APRUEBASE el cuadro tarifario correspondiente a los Servicios Sanitarios y de Distribución de Energía Eléctrica, que como Anexo I forma parte de la presente norma jurídica.
ARTICULO 2do.): APRUEBANSE los cargos tarifarios correspondientes a los Servicios Sanitarios, que obran como Anexo II de la presente.
ARTICULO 3ro.): APRUEBANSE los cargos tarifarios correspondientes a los Servicios de Energía Eléctrica, que obran como Anexo III de la presente.
ARTICULO 4to.): DEROGASE toda norma que se oponga a la presente.
ARTICULO 5to.): CREASE la COMISION DE TRABAJO PERMANENTE para el estudio y análisis de los servicios concesionados por parte de la Municipalidad de Trelew a la Cooperativa Eléctrica de Consumo y Viviendas Limitada de Trelew. La misma estará integrada por cuatro (4) representantes del CONCEJO DELIBERANTE – 2 por la mayoría y 2 por la minoría-, tres (3) representantes del DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL y uno (1) representante del ORGANISMO MUNICIPAL REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS (OMRESP), y tendrá como misión fundamental intervenir en todos los temas vinculados con la concesión de los servicios recién mencionados. Dicha Comisión deberá dictar el reglamento interno para su funcionamiento.
ARTICULO 6to.) La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.