ARTICULO 1°: TRANSFERIR al Centro de Residentes Chilenos Valle del Chubut con personería jurídica inscrita en la Inspección General de Justicia de la Provincia bajo el N°1413, el dominio de la superficie aproximada de 1275 metros cuadrados tal cual surge del Anexo II de la ordenanza N° 1413, el dominio de la superficie aproximada de 1275 metros cuadrados tal cual surge del Anexo II de la ordenanza N° 4676 del 28 de Abril de 1994, y que forma parte del inmueble identificado como Fracción 29 del Sector 2 de la Circunscripción 1 del Ejido Municipal.
ARTICULO 2°: DEROGAR a la Ordenanza N° 10.071.
ARTICULO3°: IMPONER como cargo de la transferencia dominial la ejecución de la operación técnica de mensura de deslinde de la superficie, el que deberá cumplirse dentro de los doce meses de promulgada la presente Ordenanza.
ARTICULO 4°: AUTORIZAR al Departamento Ejecutivo a suscribir oportunamente la Escritura Traslativa de Dominio en el carácter de Donación con Cargo y con retrocesión del dominio;
ARTICULO 5°: El cargo impuesto consiste en destinar el inmueble a transferirse de manera perpetua a ser Sede de la Asociación de Residentes Chilenos Valle del Chubut.
El incumplimiento del cargo impuesto y/o la extinción por cualquier motivo de la persona jurídica beneficiaria retrotraerá el dominio del inmueble en el estado en que se encuentre en favor de la Municipalidad de Trelew y de pleno derecho.
ARTICULO 6°: La Entidad beneficiaria dentro de los 30 días siguientes a la registración de la mensura comunicará al Departamento Ejecutivo Municipal la designación del Escribano Publico que realizará el trámite de la transferencia dominial, tomando a su cargo el costo, gastos y honorarios que se generen.
ARTICULO 7°: DE FORMA. -