ORDENANZA Nº 6301 /97, REGLAMENTA SERVICIOS DE CONSULTORIAS PARA LA MUNICIPALIDAD DE TRELEW.

Nro Ordenanzas
6301
Secciones
GOBIERNO – TEMAS VARIOS
Cuerpo

TÍTULO I

OBJETO, DEFINICIONES Y ALCANCES

ARTÍCULO 1ro.): La presente Ordenanza rige los Servicios de Consultoría que bajo la forma de locación de obra intelectual o de Servicios que requiera la Municipalidad de Trelew.

ARTÍCULO 2do.): A los fines de la presente ley, se define como:

  1. Servicios de Consultoría: Toda prestación de servicios profesionales, científico y técnicos de nivel universitario, cumplidos bajo forma de locación de obra intelectual o de servicios realizada por consultoras o consultores individuales.
  2. Consultora: Todo ente de derecho público o privado, legalmente constituido, cuyo objeto contemple la prestación de servicios de consultoría.
  3. Consultor: Todo profesional universitario altamente calificado que a título individual preste servicios de consultoría.

ARTÍCULO 3ro.): Las consultoras y los consultores en todos sus trabajos deberán tener en cuenta los intereses nacionales, provinciales y municipales y en consideración en sus conclusiones y recomendaciones de los planes nacionales, provinciales y municipales vigentes.

TÍTULO II

CONTRATACION

ARTÍCULO 4to.): Las contrataciones de los servicios previstos en el Artículo segundo de la presente que realice la Municipalidad de Trelew se ajustarán a las previsiones de la Ordenanza Nro. 5383, debiendo requerir a los interesados la inscripción en el Registro Provincial de Consultoras y Consultores Independientes y a éste la calificación asignada conforme el Inciso c) del Artículo 4 de la Ley Nro. 4225. 

ARTICULO 5to.): La presente ordenanza tendra vigencia a partir de la fecha de su promulgacion.-

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