ORDENANZA N° 12935 / 19 - CONCEDE TIERRAS A LA ASOCIACION VECINAL BARRIO SANTA MONICA.-

Nro Ordenanzas
12935
Secciones
ASOCIACIONES VECINALES – REGLAMENTO
Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CONCEDESE EN USO, a favor de la Asociación Vecinal del BARRIO SANTA CATALINA, una superficie aproximada de 305,71 m2, que es Parte de la Fracción 27, de la Circunscripción 2, Sector 3, de acuerdo al ANEXO I, que es parte de la presente.-

ARTÍCULO 2do.): La presente concesión de uso del bien indicado en el Artículo 1º queda condicionada a la construcción de la Sede Social, la cual se destinará a cubrir las necesidades de funcionamiento de dicha Asociación, con carácter de sede Administración y Social.-

ARTÍCULO 3ro.): CONDICIONASE la concesión de uso otorgada al solo efecto de desarrollar las actividades y obras previstas, no pudiendo ser objeto de sub-concesiones, totales o parciales, ni distraerse el destino específico del mismo, caso contrario se retrotraerá el inmueble, no pudiendo la Asociación Vecinal, reclamar derecho alguno y/o compensación por las obras que hubiere ejecutado.-

ARTÍCULO 4to.): La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.

 

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