Cuerpo
ARTICULO 1ro.): PROHIBESE el estacionamiento vehicular sobre ambos frentes del Pasaje San Juan, en un tramo de 20 (veinte) metros a partir de la calle San Martín, en dirección a calle 28 de Julio.
ARTICULO 2do.): La prohibición resuelta en el Artículo 1°, es de alcance a todo tipo de vehículos, incluidos los de propiedad de vecinos de ese tramo del Pasaje.
ARTICULO 3ro.): AUTORIZASE la colocación de cartelería indicadora correspondiente.