ORDENANZA N° 13023 /19, CRÉASE LA PLATAFORMA MUNICIPAL COMERCIAL WEB DONOMINADA LOGOS.-

Nro Ordenanzas
13023
Secciones
ASUNTOS SOCIALES – VARIOS
Cuerpo

ARTÍCULO 1ro.): CRÉASE la Plataforma Municipal Comercial Web denominada LOGOS

mediante la cual las cooperativas de la economía social, microemprendedores, emprendedores sociales, mutuales y asociados civiles podrán ofertar sus productos y servicios a los ciudadanos.

ARTÍCULO 2do.): CRÉASE el EQUIPO LOGOS al cual pueden sumarse técnicos, profesionales e instituciones que desean participar en el proyecto LOGOS.

ARTÍCULO 3ro.): CREASE el CLUB LOGOS, el que será integrado por los comerciantes, profesionales y actores de la economía social, en adelante los "adherentes al Club Logos". El Club Logos se regirá por los principios de Responsabilidad Social Organizacional (RSO) para impulsar actividades comerciales, educativas y sociales.

ARTÍCULO 4to.): IMPLEMÉNTESE el Programa Observatorio del Mercado Asociativo Logos denominado SOLER, el que tendrá la finalidad de realizar el monitoreo del Proyecto Logos. Asimismo, otorgará información veraz a las organizaciones públicas e intermedias para la toma de decisiones tendientes a promover la economía social regional.

ARTÍCULO 5to.): CONSTITUYASE el Consorcio de Cooperativas de Producción y Servicios, el que organizará y fortalecerá el sector cooperativo municipal para establecerse como un mercado alternativo que promueva ofertas competitivas, a través de acuerdos entre las cooperativas a los fines de optimizar los recursos y gestión de costos. La Municipalidad de Trelew gestionará y facilitará los recursos económicos para que el Consorcio comience a funcionar hasta que logre su propia sustentabilidad económica. El Consorcio de Cooperativas estará integrado por la Municipalidad de Trelew y las cooperativas debidamente constituidas. El funcionamiento de Consorcio será reglamentado por el Municipio de Trelew a través de una Resolución. El Consorcio de Cooperativas será el administrador de la página web de Logos.

ARTÍCULO 6to.): La Coordinación de Economía Social de la Municipalidad será la autoridad de aplicación de la presente Ordenanza.

Archivos
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