ARTICULO 1ro.): CREASE el “BANCO DE LA MEMORIA MALVINAS”, el cual consistirá en un REPOSITORIO DIGITAL ABIERTO DE IMAGENES DE LA GUERRA DE MALVINAS, plataforma web que será de acceso libre para Ia comunidad toda y cuyo desarrollo inicial será llevado adelante por el Concejo Deliberante de Ia ciudad de Trelew.
ARTICULO 2do.): AUTORIZASE Ia transferencia dominial y libre administración del mencionado repositorio al “Centro de ex soldados combatientes de Malvinas - Trelew”, Ia cual se perfeccionará oportunamente mediante Ia suscripción del acta pertinente por las partes involucradas, autorizando por medio de Ia presente a Ia presidencia de esta casa legislativa a otorgar dicho acto.
ARTICULO 3ro.): ESTABLEZCASE como condición sine qua non para Ia transferencia otorgada en eI articulo precedente, el trabajo mancomunado con el ‘Programa Archivo Histórico Municipal Digital’ de Ia ciudad de Trelew, dependiente del Departamento de Investigaciones de Ia Dirección de Cultura, creado mediante Ordenanza N° 13192/20 y con el Sr. José Luis GAUD, propietario del archivo que proporcionará el lote inicial de imágenes, con el que se iniciará/ inaugurará Ia plataforma.
ARTICULO 4to.): La presente ordenanza tendrá vigencia a partir de la fecha de su promulgación.